
La sentencia del Tribunal
Constitucional que declara la nulidad del hábeas corpus que, la Sala de
Apelaciones de la Corte Superior de Madre de Dios emitió para permitir el
ingreso de extraños al territorio de la comunidad, afirma que el fallo jurídico
no consideró que permitir tal acceso es vulnerar la autonomía comunal de los
nativos que por años han sufrido los efectos negativos de la tala ilegal y de
la minería informal (Foto: Wayra).
No hay comentarios:
Publicar un comentario