viernes, 6 de junio de 2014

CONGRESO DE LA REPÚBLICA APRUEBA LEY QUE REGULARIZA SITUACIÓN DE ESTACIONES DE RADIO Y TELEVISIÓN CANCELADAS

El pleno del Congreso de la República aprobó ayer, con  43 votos a favor y 27 en contra, la ley que regulariza la situación de las estaciones de radio y televisión canceladas o en proceso de ser inhabilitadas de las autorizaciones que tienen para operar.

El debate se produjo con el objetivo de formalizar y promocionar las radios comunitarias y rurales, pues en el país sólo existe una radio comunitaria y las estaciones de las zonas rurales recién están en proceso de constituirse.

El dictamen de la Comisión de Transportes, aprobado en el pleno, otorga beneficios que incluyen a las radio emisoras locales y regionales de todo el territorio nacional.
Como es de conocimiento público este tipo de medidas sólo se daba anteriormente a las cadenas nacionales.

Según informaron representantes de la Coordinadora de Medios Perú, entre los beneficios que consigna la ley, únicamente se computarán como faltas aquellas que se cometen en la misma localidad donde opera la estación y no las infracciones que comete una empresa que tiene estaciones a nivel nacional.

Respecto al período de instalación y prueba establecido en el artículo 26°, con la nueva ley el plazo será de dieciocho (18) meses; doce (12) meses otorgados por el MTC y 6 meses a pedido del titular de la autorización.

La norma también otorga un plazo de 90 días para que las estaciones que no se hayan instalado en el periodo de prueba puedan acreditar su operatividad.


La disposición legislativa, que debe ser promulgada por el Presidente de la República dentro de los 15 días útiles, comprende a los titulares cuyas autorizaciones han sido dejadas sin efecto, siempre que no se haya agotado el plazo para recurrir el acto administrativo o judicial , además no hayan quedado firmes o consentidas.

Para la renovación de autorizaciones, no se computan las infracciones administrativas verificadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley recientemente aprobada  y relacionadas con la modificación de características técnicas, homologación de equipos y operación de enlaces auxiliares. En tanto  se haya solicitado la correspondiente aprobación o autorización antes del inicio de los respectivos procedimientos sancionadores (Fuente: Coordinadora de Medios Perú).

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