El Poder Ejecutivo promulgó este lunes el Decreto de Urgencia N° 004-2015
mediante el cual se busca adoptar
medidas para la ejecución de intervenciones ante el periodo de lluvias
2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño.
El decreto de urgencia tiene por
objetivo establecer medidas
extraordinarias en materia económica y financiera, que permitan a las
entidades de los gobiernos Nacional, regionales y locales intervenir de manera inmediata en las zonas
declaradas en estado de emergencia ante el periodo de lluvias 2015-2016
y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, mediante la ejecución de actividades y
proyectos de reducción de riesgos, preparación y respuesta.
Por tal motivo, se dispuso para el
año fiscal 2015, el financiamiento de intervenciones que permitan impulsar
labores de prevención. Cabe recalcar que los recursos que serán destinados
corresponden a aquellos que no hayan sido comprometidos o transferidos al 15 de
setiembre de este año.
MODIFICACIONES
PRESUPUESTARIAS
Se autoriza a los pliegos del
Gobierno Nacional a realizar modificaciones presupuestarias para ejecutar
exclusivamente el decreto de urgencia, bajo responsabilidad del titular del
pliego.
EJECUCIÓN DE
ACCIONES
Los gobiernos Nacional y regionales
deberán ejecutar actividades y proyectos en las zonas declaradas e estado de
emergencia ante el periodo de lluvias 2015-2016 y ocurrencia del Fenómeno El
Niño, con el fin de coadyuvar a la reducción, preparación y respuesta ante
dichos eventos.
Para tal efecto, se requiere que el gobierno regional o local
envíe una solicitud previa indicando la necesidad de la intervención, así como
la zona donde se efectuará la misma, requiriéndose la suscripción del
convenio respectivo.
CONSEJO NACIONAL DE
GESTIÓN DEL RIESGO DEL FEN
Asimismo, se dispone la creación del
Consejo Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno El Niño, como órgano
de decisión política y coordinación estratégica para las intervenciones que se
desarrollen en las zonas declaradas en estado de emergencia.
Estará conformado por los ministros de Agricultura y Riego, quien la presidirá;
Vivienda, Construcción y Saneamiento; Transportes y Comunicaciones; Educación;
Salud; Defensa; Economía y Finanzas; y del Interior.
Dentro de los 60 días
calendario siguientes al término de vigencia del presente decreto de urgencia,
los titulares de los pliegos mencionados remitirán su informe final al
presidente del Consejo Nacional de Gestión del Riego de Desastres para la
evaluación correspondiente conforme a sus competencias, así como a la Supra
Comisión Especial denominada “Acciones del Congreso para la Prevención y
Colaboración frente al Fenómeno El Niño 2015/2016” del Congreso de la
República, y a la Contraloría General de la República, a efectos de la
fiscalización y/o supervisión correspondiente.
El decreto de urgencia fue publicado este lunes en el diario oficial El Peruano (Fuente: RPP).
El decreto de urgencia fue publicado este lunes en el diario oficial El Peruano (Fuente: RPP).
No hay comentarios:
Publicar un comentario