El INDECOPI, a través de la Comisión de Derecho de
Autor, ordenó mediante medida cautelar, la suspensión de la distribución de regalías a favor de los miembros del
consejo directivo de la Asociación Peruana de Autores y Compositores (APDAYC).
En consecuencia, APDAYC deberá suspender el reparto
de las regalías correspondientes a José Eloy Escajadillo Farro, Armando Joaquín Massé Fernández, Abdón Marino
Valencia Garay, Julio Samuel Andrade Ríos, Venturo Moreira Mercado, Franklin
Domingo Cabrejos Bermejo y Walter Fuentes Barriga.
De no cumplir, la
sociedad de gestión colectiva sería sancionada con una multa de hasta 180
Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Si tenemos en cuenta que cada UIT es de
S/.3,700.00 soles, esta cifra multiplicada por 180 resultaría una multa de S/.666,000.00 soles.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia
y de la Protección de la Propiedad Intelectual aprobó la medida cautelar luego
de verificar que miembros del Consejo Directivo de APDAYC han recibido regalías
provenientes de los rubros “dinero sin planilla” así como del denominado “fondo
de contingencia”, por conciertos realizados en el extranjero.
Sin embargo, en aplicación a la legislación, no se permitiría pagar regalías por
actividades realizadas en otros países, con el fondo recaudado en el Perú.
Ante esta situación, la Comisión concluye que
existe el riesgo de que la distribución no se esté realizando en base a lo
establecido por la legislación aplicable (Fuente: Andina).
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