La Coordinadora de
Medios Regionales del Perú “Perú Radios” afirmó recientemente que la Ley de Radio y Televisión 2928, que
establece las causales para dejar sin efecto el uso del espacio radio eléctrico,
favorece únicamente a los radiodifusores que tengan más de una estación y en
diferentes localidades del país, y es muy favorable para las cadenas radiales y
corporaciones nacionales.
De acuerdo a la
mencionada norma, que se aplica también para renovaciones y transferencias, son
causales, entre otras, para dejar sin efecto una autorización o negar su
renovación, cuando existe acaparamiento de frecuencias, más del 30 por ciento
de las frecuencias disponibles en una misma banda dentro de una misma localidad
para la radiodifusión televisiva y 20 por ciento para radiodifusión sonora.
Asimismo cuando se
adeudan obligaciones relativas al derecho de autorización, canon, tasa, multas
u otros conceptos derivados de la prestación de servicios de radiodifusión u
otros servicios de telecomunicaciones, salvo que se cuente con el beneficio de
fraccionamiento vigente.
La Ley señala, por
otra parte, que otro de los motivos para dejar sin efecto el uso del espacio
radio eléctrico de emisoras de radio y de televisión, es que el dueño del medio
haya sido condenado con pena privativa de la libertad de cuatro o más años por
la comisión de un delito doloso. Lo mismo que encontrarse inhabilitado de
contratar con el Estado, por resolución con autoridad de cosa decidida (Fuente:
Perú Radios).
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