El Ejecutivo promulgó hoy la
norma que obliga a los candidatos a consignar en su Hoja de Vida las sentencias
condenatorias firmes y la declaración de sus bienes y rentas, de lo contrario
podrían ser retirados de la lista de postulantes hasta 10 días antes de un
proceso electoral.
La norma señala que las
sentencias que deben ser consignadas serán las que impliquen una condena firme
por delitos dolosos, aquellas con reserva de fallo condenatorio, las sentencias
por incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales,
laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes.
Deberán
consignar, además, las renuncias efectuadas a otros partidos políticos,
movimientos de alcance regional o departamental u organizaciones políticas de
alcance provincial y distrital, de ser el caso.
Será obligatorio también
incluir una declaración de bienes y rentas, de acuerdo con las disposiciones
previstas para los funcionarios públicos.
Los casos de falsedad u
omisión que se detecten después del plazo previsto para el retiro del
candidato, serán remitidos al Ministerio Público.
La norma, publicada hoy en el Boletín Normas
Legales del Diario Oficial El Peruano, está rubricada por el presidente de la
República, Ollanta Humala Tasso, y el presidente del Consejo de Ministros,
Pedro Cateriano Bellido (Fuente: Diario Oficial El Peruano. Foto: ONPE).
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